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ÉTICA Y DEONTOLOGÍA

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ÉTICA Y DEONTOLOGÍA: CÓD. INTERNACIONAL DE ÉTICA DE ENFERMERÍA

El Código Internacional de Ética de Enfermería establece los principios y valores fundamentales que guían la práctica enfermera, promoviendo el respeto a la vida, la dignidad y los derechos humanos, la responsabilidad profesional, la confidencialidad, y el compromiso con la calidad del cuidado, la sociedad y el desarrollo de la profesión.
      
COLG. ENFERMERIA CEUTA  08/01/2026


Adoptado por el Gran Consejo del Consejo Internacional de Enfermeras

São Paulo, Brasil, 10 de julio de 1953
  1. La responsabilidad fundamental de la enfermera tiene tres aspectos: conservar la vida, aliviar el sufrimiento y fomentar la salud.
  2. La enfermera debe aplicar en todo momento las normas más elevadas de los cuidados de enfermería y conducta profesional.
  3. La enfermera no sólo tiene que estar bien preparada para ejercer sino que tiene que mantener sus conocimientos y capacidades al elevado nivel que corresponda.
  4. Deben respetarse las creencias religiosas del paciente.
  5. La enfermera mantendrá reserva sobre la información personal que reciba.
  6. La enfermera conoce no sólo sus responsabilidades sino también las limitaciones de su función profesional; recomienda o da tratamiento médico sin orden del médico sólo en caso de urgencia e informa a éste lo más pronto posible.
  7. La enfermera tiene la obligación de llevar a cabo con inteligencia y lealtad las órdenes del médico y de negarse a participar en procedimientos no éticos.
  8. La enfermera mantiene la confianza en el médico y demás miembros del equipo de salud: la incompetencia o conducta no ética de los miembros del equipo sólo deben exponerse a la autoridad competente.
  9. La enfermera tiene derecho a una remuneración justa y sólo acepta esa compensación según prevea el contrato real o implícito.
  10. La enfermera no permite que su nombre sea utilizado para la publicidad de productos ni en relación con ninguna otra forma de publicidad personal.
  11. La enfermera coopera y mantiene una relación armoniosa con los miembros de otras profesiones y con sus colegas de enfermería.
  12. La enfermera en su vida privada mantiene una conducta irreprochable que acredite a su profesión.
  13. La conducta personal de la enfermera no debe descuidar conscientemente las normas de comportamiento aceptadas de la comunidad en que vive y trabaja.
  14. La enfermera debe participar y compartir con otros ciudadanos y otras profesiones de salud la responsabilidad de iniciativas tendientes a satisfacer las necesidades de salud del público locales, estatales, nacionales e internacionales.



El Consejo Internacional de Enfermeras (CIE) procede a revisar el Código Internacional de Ética de Enfermería

El primer Código del CIE para enfermeras se adoptó hace más de cuarenta años, en 1953 y se revisó en 1965. En 1973, el órgano de gobierno del CIE, el Consejo de Representantes Nacionales (CRN) adoptó el Código actual y lo reafirmó en 1989. En 1974 se habían elaborado sugerencias para la aplicación, distribución y uso de los conceptos del Código. Este documento fundamental ampliamente utilizado ha servido de guía para los códigos nacionales de ética en todo el mundo y hace las veces de código nacional allí donde no se ha elaborado ningún otro.

Desde la última revisión de fondo del Código del CIE ha transcurrido una década. En vista de la creciente importancia de las cuestiones éticas en la enfermería y la atención de salud y de la complejidad de las decisiones éticas a que se enfrentan las enfermeras, el CIE va a revisar el Código a fondo. Por ejemplo, en una resolución del CRN de 1997 sobre clonación se pide que el Código aborde las consecuencias éticas de la clonación. El Código debe seguir siendo un instrumento válido y útil que ayude a las enfermeras a tomar decisiones éticas frente a los tremendos avances biomédicos y tecnológicos de hoy.

Un grupo internacional de asesores ayudará en la fase inicial de un riguroso proceso de examen. El anteproyecto del Código figurará en el sitio del CIE de la web y se podrán comentar las revisiones propuestas, si se desea. A partir de julio de 1999, se puede conseguir una copia impresa del proyecto dirigiéndose a: Dr. Tesfamicael Ghebrehiwet, del CIE,

Correo electrónico: tesfamic@uni2a.unige.ch

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El Comité del Código Deontológico de Enfermería se encarga de garantizar el cumplimiento de los principios éticos en la práctica profesional, orientar ante conflictos éticos, evaluar conductas profesionales y proteger los derechos de los pacientes y la integridad de la profesión enfermera.
COMISIÓN DEONTOLÓGICA | 08/01/2026JURAMENTO DE ENFEMERAS DE FLORENCE NIGHTINGALE
El Juramento de las Enfermeras de Florence Nightingale es un compromiso ético y profesional en el que la enfermera promete cuidar a los pacientes con respeto, responsabilidad y humanidad, guardar confidencialidad, actuar con honestidad, evitar prácticas perjudiciales y honrar la profesión de enfermería, manteniendo siempre la dignidad y el bienestar de la persona atendida.
COMISIÓN DEONTOLÓGICA | 08/01/2026REGLAMENTO DE LAS COMISIONES DEONTOLOGICAS DE LA PROFESION DE ENFERMERIA EN ESPAÑA
Su finalidad es velar por el cumplimiento del Código Deontológico, asesorar en conflictos éticos, analizar posibles faltas profesionales y defender los derechos de los pacientes y el prestigio de la profesión enfermera.
COMISIÓN DEONTOLÓGICA | 08/01/2026CÓDIGO DEONTOLOGICO DE LA ENFERMERÍA ESPAÑOLA
Deontología es el Conjunto de los deberes de los profesionales de Enfermería que han de inspirar su conducta.

 

 

 



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El Código Internacional de Ética de Enfermería establece los principios y valores fundamentales que guían la práctica enfermera, promoviendo el respeto a la vida, la dignidad y los derechos humanos, la responsabilidad profesional, la confidencialidad, y el compromiso con la calidad del cuidado, la sociedad y el desarrollo de la profesión.

      
COLG. ENFERMERIA CEUTA  08/01/2026

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São Paulo, Brasil, 10 de julio de 1953
  1. La responsabilidad fundamental de la enfermera tiene tres aspectos: conservar la vida, aliviar el sufrimiento y fomentar la salud.
  2. La enfermera debe aplicar en todo momento las normas más elevadas de los cuidados de enfermería y conducta profesional.
  3. La enfermera no sólo tiene que estar bien preparada para ejercer sino que tiene que mantener sus conocimientos y capacidades al elevado nivel que corresponda.
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  9. La enfermera tiene derecho a una remuneración justa y sólo acepta esa compensación según prevea el contrato real o implícito.
  10. La enfermera no permite que su nombre sea utilizado para la publicidad de productos ni en relación con ninguna otra forma de publicidad personal.
  11. La enfermera coopera y mantiene una relación armoniosa con los miembros de otras profesiones y con sus colegas de enfermería.
  12. La enfermera en su vida privada mantiene una conducta irreprochable que acredite a su profesión.
  13. La conducta personal de la enfermera no debe descuidar conscientemente las normas de comportamiento aceptadas de la comunidad en que vive y trabaja.
  14. La enfermera debe participar y compartir con otros ciudadanos y otras profesiones de salud la responsabilidad de iniciativas tendientes a satisfacer las necesidades de salud del público locales, estatales, nacionales e internacionales.



El Consejo Internacional de Enfermeras (CIE) procede a revisar el Código Internacional de Ética de Enfermería

El primer Código del CIE para enfermeras se adoptó hace más de cuarenta años, en 1953 y se revisó en 1965. En 1973, el órgano de gobierno del CIE, el Consejo de Representantes Nacionales (CRN) adoptó el Código actual y lo reafirmó en 1989. En 1974 se habían elaborado sugerencias para la aplicación, distribución y uso de los conceptos del Código. Este documento fundamental ampliamente utilizado ha servido de guía para los códigos nacionales de ética en todo el mundo y hace las veces de código nacional allí donde no se ha elaborado ningún otro.

Desde la última revisión de fondo del Código del CIE ha transcurrido una década. En vista de la creciente importancia de las cuestiones éticas en la enfermería y la atención de salud y de la complejidad de las decisiones éticas a que se enfrentan las enfermeras, el CIE va a revisar el Código a fondo. Por ejemplo, en una resolución del CRN de 1997 sobre clonación se pide que el Código aborde las consecuencias éticas de la clonación. El Código debe seguir siendo un instrumento válido y útil que ayude a las enfermeras a tomar decisiones éticas frente a los tremendos avances biomédicos y tecnológicos de hoy.

Un grupo internacional de asesores ayudará en la fase inicial de un riguroso proceso de examen. El anteproyecto del Código figurará en el sitio del CIE de la web y se podrán comentar las revisiones propuestas, si se desea. A partir de julio de 1999, se puede conseguir una copia impresa del proyecto dirigiéndose a: Dr. Tesfamicael Ghebrehiwet, del CIE,

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